¿PUEDEN LOS PER CON ATRIBUCIONES AMPLIADAS IR A COLUMBRETES?Con la entrada en vigor de la nueva normativa, uno de los puntos más positivos ha sido el incremento de atribuciones de algunas de las titulaciones. En concreto, los Patrones de Embarcaciones de Recreo (PER) ahora pueden gobernar embarcaciones de hasta 15 metros de eslora, cuando anteriormente tenían el límite en 12 metros. Pueden también incrementar sus nuevas atribuciones realizando una práctica específica en travesía, hasta los 24 metros de eslora y permitiendo la navegación entre la península y Baleares. Esta nueva habilitación, tal y como aparece en el BOE puede dar lugar a interpretaciones. Entre ellas, una bastante consultada y de especial interés para los navegantes de la Comunidad Valenciana es si la citada ampliación puede permitir a los PER navegar a Columbretes, cosa que hasta ahora no entraba en su habilitación. Y es que anteriormente, como estos navegantes solo podían alejarse una distancia de 12 millas de la costa, aún cuando se tomara como referencia las 12 millas desde Castellón, más las 12 millas desde las Columbretes, no sería suficiente para cubrir la distancia de 29 a 30 millas náuticas a las que se encuentran las islas. Pero además, esta interpretación no era tampoco correcta, porque las Islas Columbretes no están consideradas como “puerto refugio”, y por lo tanto quedarían fuera del alcance de los PER. Si ahora con la nueva normativa los navegantes de la península, con la titulación de PER pueden navegar a Baleares… ¿Cabe interpretar que también pueden llegar al archipiélago de Columbretes, que se encuentra mucho más cerca y en la derrota de los navegantes que salgan desde determinados puertos de la provincia de Castellón hacia Baleares, lo que si permite la nueva normativa? La duda existe, el Real Decreto no la aclara y opiniones al respecto hay a favor y en contra. Lo que si es cierto, es que -titulaciones aparte- las embarcaciones que quieran cruzar a Baleares desde esos puertos deben tener en cuenta para qué categoría de navegación están autorizadas: La Zona 3 sólo habilita para navegar hasta 25 millas de la costa más próxima; superando esa distancia nos exigirán, ante una posible inspección, tener la embarcación autorizada -y equipada- para las 60 millas de la Zona 2. ALUMNOS DE PATRÓN DE YATE Y CAPITÁN DE YATE CON ASIGNATURAS APROBADAS DE LA NORMATIVA ANTERIOR: SÓLO QUEDAN DOS CONVOCATORIAS/div>Como ya comentamos en el anterior boletín, el R.D. 875/2014 que entró en vigor el pasado 11 de enero de 2015 establece que los alumnos con asignaturas aprobadas anteriormente sólo podían continuar durante las tres primeras convocatorias del año 2015 realizando el examen para aprobar las asignaturas restantes que les queden pendientes para obtener la titulación correspondiente. Si en dichas convocatorias no se presentan o no obtienen el aprobado, perderán los aprobados de las asignaturas anteriores. Una vez realizados los exámenes durante este mes de abril en Valencia, por tanto, ya serán únicamente dos las convocatorias restantes. La próxima tendrá lugar en Alicante los próximos días 3 y 4 de julio, y los cursos para su preparación todavía tienen la matrícula abierta en la Escuela Náutica BALEARES, en horario de miércoles y viernes (tardes), martes y jueves (mañanas) ó sábados (mañanas), para Patrón de Yate. Para Capitán de Yate, consultar. Le recordamos que si alguna de estas asignaturas pendientes es Radiocomunicaciones o Legislación (en Patrón de Yate), o Teoría del Buque (en Capitán de Yate), dado que han desaparecido, podrá solicitar directamente el título previa realización de las prácticas y/o cursos de radio-operador necesarios. SI ERES PATRÓN PARA NAVEGACIÓN BÁSICA, AHORA ES MÁS SENCILLO OBTENER EL TÍTULO DE PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO (PER)Con la nueva normativa, a los alumnos que se encuentren en posesión del título de Patrón para Navegación Básica (PNB) se les convalidada una parte importante para examinarse de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER). Esto supone una ventaja importante respecto a los alumnos sin titulación alguna, porque para los PNB, la materia ya aprobada no vuelve a ser examinada. Las asignaturas que se convalidan a los PNB para el examen de PER, son: Nomenclatura Náutica, Elementos de Amarre y Fondeo, Seguridad, Legislación, Balizamiento y el Reglamento de Abordajes. Tendrán que examinarse solamente de: Maniobra, Emergencias en la Mar, Meteorología y Teoría y Carta de Navegación. El examen de PER reducido consta solamente de 18 preguntas tipo test. Todavía está a tiempo de incorporarse a los cursos de Patrón de Embarcaciones de Recreo, con horario reducido para PNB. Los horarios de los cursos son: jueves y lunes (tardes), lunes y miércoles (mañanas) o sábados (mañanas). ![]()
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